El Fondo de Asistencia Laboral (FAL) entrará en vigencia a partir del próximo 1 de noviembre, introduciendo un sistema de previsión mediante el cual las empresas del sector privado deberán realizar aportes mensuales para afrontar futuras obligaciones indemnizatorias. El mecanismo, que no elimina ni sustituye la normativa vigente en materia de despido, establece que ante una desvinculación la entidad administradora del fondo dispondrá de un plazo de hasta cinco días hábiles para transferir el monto correspondiente de manera directa a la cuenta bancaria del trabajador.
Las contribuciones al fondo variarán según la escala de cada compañía, fijando un 1% para grandes empresas y un 2,5% para pequeñas y medianas, montos que estarán vinculados a una reducción de contribuciones patronales. El FAL estará habilitado únicamente para personal registrado con un mínimo de 12 meses de antigüedad. No obstante, las empresas mantendrán la responsabilidad legal del pago total, debiendo integrar con recursos propios la diferencia si la cuenta individual del empleador no alcanzara para cubrir la liquidación.
